La Comisión Europea, después de varias reuniones mantenidas con los responsables designados para la Seguridad Alimentaria en los Estados miembros, entre los que se incluyen la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), ha optado por prohibir definitivamente el aditivo E410, la goma de algarrobo, y retirar los productos que todavía la contengan. Este aditivo muy usado hasta ahora en los helados como estabilizante, ya había sido objeto de una alerta alimentaria el pasado mes de junio y ordenó la retirada de un aditivo utilizado en la fabricación de helados y en el que se detectaron residuo de óxido de etileno. Hace algunos meses, la AESAN ya advirtió de la presencia de esta sustancia tóxica en unas semillas de sésamo importadas desde la India, según publica ElEspañol.com.
Dicho aditivo ha sido comercializado en varios países europeos, según la AESAN -dependiente del Ministerio de Consumo-, que ha precisado que por el momento no tiene constancia de ningún caso de intoxicación motivado por óxido de etileno.
Sus responsables han recordado que el uso de esta sustancia en productos fitosanitarios «no está aprobado en la UE» y se pretende evitar «su utilización en la fabricación» de cualquier producto alimentario.
La causa es el alto riesgo de contaminación de este aditivo con otro que está prohibido en la Unión Europea: el óxido de etileno, un pesticida que se usa en países del sureste asiático y que se ha detectado en productos importados como las semillas de sésamo. Estas semillas se emplean para elaborar multitud de productos, desde panes de hamburguesas a barritas energéticas o hummus, por lo que Bruselas lleva meses reforzando los controles y retirando miles de alimentos potencialmente afectados.
Según ha informado AESAN, en cumplimiento de la disposición europea, «para todos los lotes del aditivo en cuestión contaminados con óxido de etileno así como todos los productos elaborados con dicho aditivo deben ser considerados como no seguros ni aptos para su consumo. No se puede definir un nivel seguro de exposición para la población y, por lo tanto, cualquier nivel al que puedan estar expuestos los y las consumidoras presenta un riesgo potencial».
De esta forma, «es necesario para garantizar un alto nivel de protección de la salud que los operadores alimentarios que hayan comercializado dichos productos en el mercado de la UE, bajo el control de las autoridades nacionales competentes, retiren esos productos del mercado de la UE y, en su caso, procedan a recuperarlos de los consumidores«.
«El óxido de etileno está clasificado como un posible mutágeno, posible carcinógeno y posible tóxico para la reproducción. Esta es la razón por la que está prohibido su uso en la UE desde hace más de 20 años«. Sin embargo, «se ha constatado que el óxido de etileno podría estar presente en materias primas de origen vegetal procedentes de terceros países destinadas a consumo humano directo, o que son utilizadas como ingredientes en la fabricación de diferentes productos alimenticios o, a su vez, como materia prima para la elaboración de dichos ingredientes«.
Así, el total de materias primas en las que los controles reforzados llevados a cabo por las autoridades de control oficial, han detectado presencia de óxido de etileno incluyen a las ya mencionadas semillas de sésamo, «pimienta negra, cúrcuma, jengibre molido, semilla de psyllium, polvo de espirulina ecológica, linaza orgánica, fenogreco ecológico, harina de trigo sarraceno, café verde orgánico y los aditivos alimentarios E410 (goma garrofín o algarroba) y E412 (goma guar)».
Según el documento, las concentraciones de óxido de etileno se encontrarán en cualquier caso en niveles muy bajos, por lo que el consumo de productos en los que esté presente no suponen un riesgo de por sí. «No obstante, dado que no se ha podido establecer un nivel seguro de exposición para los consumidores, cualquier nivel puede suponer un riesgo potencial».
Su ingesta de forma prolongada y por varias fuentes alimentarias sí podría suponer un problema, lo que hace necesario retirarlo completamente de la cadena alimentaria.
Tras la emisión de este criterio común, todos los productos elaborados a partir del aditivo E410 están siendo «retirados de forma inmediata de la cadena de comercialización por parte de las empresas alimentarias responsables, en cumplimiento de la estricta legislación alimentaria europea».
La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición recuerda a las empresas alimentarias que, «en cumplimiento de la legislación alimentaria, deben retirar de la cadena de comercialización todos los productos elaborados con este aditivo contaminado».
Las autoridades competentes de las comunidades autónomas están supervisando la gestión de esta retirada, actuando de forma coordinada con la AESAN a través del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información (SCIRI), añade el comunicado. Como en el caso de otras alerta alimentarias, si tenemos en casa productos en los que aparece el aditivo ‘E410’, se insta a no consumirlos y a devolverlos.