No Más Ruido Murcia ha presentado alegaciones, en el Ayuntamiento de Murcia, en el procedimiento para la aprobación inicial de la modificación puntual de la ordenanza reguladora de la ocupación de vía pública con terrazas y otras instalaciones, acordada por el Pleno del Ayuntamiento el pasado mes de junio, y con la que la Administración local para legalizar las ‘terrazas COVID’, autorizadas en su día en zonas de aparcamiento y en la vía pública en plena pandemia ante la limitación de aforo en los interiores de los locales, según publica hoy el diario La Opinión en su edición impresa.
Según critica la asociación, la ordenanza pretende «legalizar lo ilegalizable». Una decisión que «ya se tomó en contra de lo previsto en la Ordenanza, que establece la prohibición de instalar terrazas en calzadas de acceso rodado», recuerdan desde la asociación presidida por Pedro Pérez Piernas.
La prohibición de que se instalen terrazas en plazas de aparcamiento no es una decisión política que se pueda excepcionar temporalmente, hasta final de 2023, como pretende el Ayuntamiento, explican, sino que tiene su fundamento en el grave riesgo que tales instalaciones suponen para la seguridad vial y para la vida e integridad física de las personas.
La Asociación No Más Ruido ha insistido en que la instalación de terrazas en plazas de aparcamiento supone un grave riesgo para la seguridad vial por los problemas de visibilidad que generan a los conductores, ya que les impiden o dificultan la visión de las señales de tráfico o la aparición de otros vehículos en cruces o de personas que atraviesan la calzada.
También destacan que «no puede ignorarse que la ordenanza prevé la utilización de sombrillas, toldos, paramentos laterales, cortavientos y ornamentos, elementos que tienen una altura y volumen que puede impedir a los conductores la visión de señales de tráfico, de peatones que cruzan por pasos cebra situados junto a ellas o la incorporación a la calzada de otros vehículos».
Según la asociación «las calles en las que se sitúan plazas de aparcamiento tienen la consideración legal de carreteras, y la normativa sobre Tráfico prohíben instalaciones que puedan entorpecer la libre circulación».
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